CITA(moderador @ 15/12/2006 - 21:14) [snapback]3738[/snapback]
Debate sobre este tema con los foreros.
Nadie parece darse cuenta de que hay que reformar urgentemente la Constitución. ¿Para establecer la igualdad por razón de sexo en la sucesión a la Corona? No. ¿Para reformar el Senado o el régimen de las Comunidades Autónomas? No. Hay que reformar la Constitución para impedir la destrucción irreversible del territorio urbano y natural, para asentar el crecimiento económico sobre bases sólidas y para restablecer la decencia pública y privada. Para ello basta un artículo del siguiente o similar tenor:
1. El valor que a los terrenos de cualquier clase le otorga su declaración de urbanizables le corresponde a la ciudad en la que se asientan.
2. En consecuencia, la declaración como urbanizable de un inmueble comporta su expropiación inmediata en favor del conjunto de los ciudadanos, al precio correspondiente al valor de su aprovechamiento rústico.
Lo demás es bla, bla bla…
CITA(moderador @ 15/12/2006 - 21:14) [snapback]3738[/snapback]
Debate sobre este tema con los foreros.
Para entender los catastróficos efectos que está ocasionando el sistema actual de propiedad y gestión del suelo urbano en España debemos detenernos a considerar cuáles son sus principales notas caracterizadoras:
1. El suelo urbano es un bien básico y naturalmente escaso, en el que no se cumplen las reglas básicas de la economía de mercado. Es algo parecido a lo que ocurre, por ejemplo, con el agua. Nada cuesta imaginar qué precios alcanzaría el metro cúbico del agua si su distribución se dejara en manos de la codicia, de un mercado por completo ineficiente debido a la escasez. Afortunadamente, el agua es un bien de dominio público, excluido del comercio.
Por el contrario, la distribución y el intercambio de bienes inmuebles urbanos en la sociedad tiene lugar en un aparente régimen de mercado, como si se tratara de simples manufacturas.
2. El valor añadido que a un terreno le otorga su carácter de urbano resulta de un complejo y combinado proceso, en el que intervienen el propio crecimiento de la urbe y decisiones político-administrativas de planeamiento urbanístico. Nada hay, pues, en el valor urbano del suelo que se lo haya otorgado su propietario. Nada ha hecho el propietario, ningún esfuerzo ha realizado, ningún recurso ha empleado, para que el suelo urbano adquiera un valor superior al que tenía su mero aprovechamiento rústico.
Pues bien, en nuestro sistema jurídico, la regla general es que quien se apropia de las plusvalías del suelo urbano no es la sociedad, creadora de este valor añadido, sino el propietario privado.
3. El Estado, consciente de esta sorprendente paradoja, ha puesto en marcha a lo largo del tiempo numerosos, complejos y costosos sistemas, con la pretensión de recuperar esas plusvalías. A esta finalidad atienden diversas técnicas, fundamentalmente urbanísticas (cesiones obligatorias) y fiscales (tributación de las plusvalías) que, a duras penas, consiguen recuperar una parte de ese valor añadido que la sociedad ha creado.
El sistema, como bien se comprende, es completamente absurdo: el Estado permite al propietario privado que se apropie legalmente de algo que no es suyo, para luego intentar recuperar su valor y entregárselo a su legítimo propietario, que es la ciudad, la sociedad en su conjunto, sin conseguirlo y a un alto coste.
4. La calificación por el planeamiento urbanístico de un terreno como urbano hace que, mágicamente, se incremente su valor hasta miles de veces, sobre su original valor rústico. Este prodigio no sólo estimula la codicia, sino que se convierte con frecuencia en tabla de salvación de toda clase de negocios, proyectos y actividades ruinosos o al menos inviables si no es con el apoyo que les prestan las plusvalías que sus promotores esperan conseguir con las recalificaciones, que exigen de modo absolutamente descarado. A su vez, los ayuntamientos, espoleados por la penuria presupuestaria en la que viven, se ven obligados a utilizar su potestad de planeamiento, no sólo para programar el futuro de la ciudad, sino para obtener recursos con los que prestar los servicios que demandan los ciudadanos.
Los perversos efectos de este fenómeno son bien conocidos. De un lado, la ciudad no crece cómo y hacia donde impone la racionalidad urbanística y quieren los ciudadanos, sino cómo y hacia donde la lleva una conjunción de la codicia privada y la penuria pública, produciendo un daño solo reparable a lo largo de varias generaciones. Y de otra parte, el precio del suelo pierde todo contacto con la racionalidad económica y se comporta como si de un mercado negro se tratara, con la gravísima repercusión que esto tiene en el precio de la vivienda.